La custodia compartida

Al producirse el divorcio, los hijos deben quedar bajo la custodia de uno de los padres.

Actualmente, el Juez puede decidir la custodia compartida, que supone una serie de efectos benéficos en hijos y padres.

Se atribuye la virtud de mejorar el nivel de vida de los hijos sometidos a la custodia compartida.
La custodia compartida fue una novedad en el 2005, cuando se incluyó la reforma en el Código Civil. Nuestros abogados expertos en derecho de familia le explican un poquito más.

Tras el divorcio, los padres mantienen sus obligaciones respecto a sus hijos, por lo que el Juez, cuando deba adoptar cualquier medida sobre la custodia, el cuidado y la educación de los hijos menores, velará por la mejor opción para el menor. Los padres podrán acordar en el convenio regulador o el Juez podrá decidir, en beneficio de los hijos, que la patria potestad sea ejercida total o parcialmente por unos de los cónyuges.

Parece preferirse el criterio del juez y unos dictámenes de naturaleza poco especificada. El criterio de los padres debe ser el general.

Sin embargo, la custodia exclusiva, pese a la novedad de la custodia compartida, tiene carácter de regla general, y la custodia compartida es sólo excepción que puede ser adoptada si es considerada como la mejor opción para los intereses del menor.

El juez no debe olvidarse de que lo principal, es el interés del menor. Con la custodia compartida, se produce una distribución de los periodos de convivencia.
La noción de patria potestad debe determinar al juez. Debe ser un compendio de obligaciones. Puede ser la distribución de la custodia de manera desigual.

Si quiere saber qué es lo mejor para sus hijos, deje que nuestros abogados expertos en divorcios estudien su caso, visite nuestro despacho en Murcia, analizaremos detenidamente su caso y le ofreceremos soluciones claras y sencilla a su situación.

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